Novedades en el sector del Hidrógeno en Colombia

El Ministerio de Minas y Energía (MME) publicó el Decreto 1476 de 2022 en el que adopta disposiciones dirigidas a promover el uso, innovación, producción, almacenamiento y distribución del hidrógeno. A continuación varios aspectos relevantes.

Por: HEMBERTH SUÁREZ LOZANO*

5 de agosto de 2022.   En primer lugar, el Decreto estableció que el MME o la entidad que este delegue implementará un sistema de información aplicable a los agentes y actores de la cadena del hidrógeno, con el fin de organizar la información existente de las actividades a nivel nacional. Así mismo, el MME tendrá la facultad de tomar decisiones con el fin de desarrollar los usos y aplicaciones del hidrógeno y sus derivados en los sectores de energía y gas.

En segundo lugar, el MME, en conjunción con el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación, establecerá programas de ciencia, tecnología e innovación con el fin desarrollar y avanzar en capacidades y tecnologías vinculadas con la industria del hidrógeno.

Seguidamente, en lo que tiene que ver con el uso del hidrógeno en el sector transporte, se involucran varias entidades, por un lado, el Ministerio de Transporte en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible deberán expedir y/o actualizar los requisitos para el uso del hidrógeno en dicho sector.

Por otro lado, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo establecerá las condiciones para importar autopartes o repuestos para vehículos que operan con hidrógeno; y el MME o quien delegue, definirá y/o establecerá todos los requisitos a cumplir por quienes deseen construir infraestructura para dedicarse al suministro de hidrógeno para uso vehicular. Sumado a ello, y con el fin de evitar y prevenir riesgos, a la misma entidad le corresponderá revisar y actualizar los requisitos técnicos y de seguridad para el transporte de hidrógeno por carretera.

Otro punto de interés es que la CREG será la encargada de realizar los ajustes regulatorios necesarios para el uso del hidrógeno en los servicios públicos domiciliarios y para su inyección y transporte en el Sistema Nacional de Transporte, en redes de distribución de gas y en sistemas de transporte por poliductos.

Además, el MME en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible serán los encargados de establecer los lineamientos y requisitos para el uso de formaciones geológicas para almacenar hidrógeno.

Así mismo, se establece que los proyectos de hidrógeno azul deberán contar con un sistema de captura, uso y almacenamiento de carbono que capture el dióxido de carbono generado, y que en los proyectos de hidrógeno verde la energía eléctrica utilizada y/o proveniente de la red debe ser respaldada con fuentes no convencionales de energía renovable, para lo cual surge la obligación de suscribir un contrato de suministro de energía a partir de estas fuentes.

Así pues, los aspectos listados constituyen mecanismos, condiciones e incentivos para promover el desarrollo local, la innovación, la investigación, el transporte y el uso en servicios públicos domiciliarios, entre otros, del hidrógeno.

*Socio en OGE Legal Services

Deja una respuesta