Alza en el precio del gas

Mucho se ha dicho en las últimas semanas sobre el alza al precio del gas natural anunciado por varios comercializadores en el país. Sin embargo, ¿Por qué subirán las tarifas? ¿Los prestadores del servicio pueden subir las tarifas?

Por: MÓNICA TORRES SIERRA*

Las tarifas del servicio de gas natural subirán en Colombia por la escasez que afronta el país.

Naturalmente, no contar con las cantidades demandadas de un producto en particular que, además, no cuenta con un sustituto inmediato, puede generar un aumento en su precio, debido al desequilibrio entre la oferta y la demanda, que conlleva a que haya una estrechez en la compra y venta del producto.

Colombia siempre ha tenido recursos gasíferos suficientes para atender la demanda y para promover un mayor consumo en los sectores residencial, industrial, y transporte. Pero, como lo mencionamos en una entrega previa (ver https://guiadelgas.com/cronica-de-un-desabastecimiento-anunciado/), desde el inicio de este siglo se ha advertido la declinación de los campos mayores que abastecen al país, por lo que la escasez actual no es una sorpresa.

Ahora, si el posible desabastecimiento no debe sorprendernos, ¿a qué se debe la disponibilidad limitada de gas natural en el país? Entre otras, a las siguientes causas:

  • Decisiones de Política Pública que desincentivan la inversión en actividades para explotación y exploración

La actividad exploratoria, además de requerir altos montos de capital, puede tomar entre 2 y 8 años para extraer el hidrocarburo y viabilizar su suministro a precios de mercado.

Por ello, la asignación de áreas a inversionistas que exploren nuestros suelos requiere reglas claras que se sostengan en el tiempo, debe ser planificada y obedecer a una política de largo plazo.

La suspensión de asignaciones de áreas en el gobierno Santos aumentó y materializó el riesgo de desabastecimiento. La suspensión del gobierno Petro agravó el riesgo de escasez en el corto plazo. Esto produjo la salida de inversionistas clave para el sector en los últimos tres años.

  • Acciones judiciales y posiciones políticas sobre actividades económicas determinadas

Los Yacimientos No Convencionales, en los que los hidrocarburos se extraen a través del método de perforación conocido como fracturación hidráulica o fracking, podrían multiplicar entre 2 y 4 veces las reservas actuales del país. Incluso, existen bloques que cuentan con permisos para su desarrollo inmediato, que podrían tener gas comercializable a precios competitivos en dos años.

Pese a que desde 2013 se definió el régimen legal y técnico para el desarrollo de estos yacimientos en el país, en 2016 se presentó una demanda para solicitar la nulidad de este régimen, lo que conllevó a que el Consejo de Estado suspendiera provisionalmente tal régimen mientras lo analizaba. El Consejo de Estado negó la nulidad en 2022.

Si bien ese régimen hoy está vigente, los seis años en el Consejo de Estado sumados a las posiciones políticas en las redes sociales de los gobernantes de este país, le han ocasionado a la industria un gran daño por el aumento del riesgo país y de inseguridad jurídica.

Nuestra falta de seriedad y enfoque como país ha afectado la toma de decisiones de inversión que son fundamentales para garantizar el autoabastecimiento de gas.

  • Resistencia a la tecnocracia e incumplimiento de obligaciones legales

No contar con equipos técnicos, preparados y con experiencia en las entidades que dirigen y ejecutan la política energética del país, que conozcan y entiendan los pormenores de la industria energética colombiana, le ha costado al país retrocesos.

La falta de nombramientos de profesionales con experiencia e independientes en la CREG, además de constituir un incumplimiento a una obligación constitucional y legal del presidente de la República, como lo advertimos en el pasado (ver https://guiadelgas.com/la-sensacion-de-escasez-de-energeticos-en-colombia/), ha ocasionado un retraso en la adaptación de la regulación del sector.

Además, el cambio en las reglas de juego para la emisión de las licencias ambientales para el desarrollo de la exploración costa afuera (como con Komodo 1) generó, entre otras cosas, una afectación en el cronograma de perforación que hizo perder la oportunidad de producir cantidades de gas relevantes para garantizar el autoabastecimiento.

  • La creencia de la abundancia de gas y la demora en tomar decisiones cruciales

Un mercado como el colombiano, que se ha estructurado con base en la creencia de la abundancia de gas, le cuesta adaptarse a la nueva realidad. La discusión sobre la incorporación de nuevas cantidades de gas importadas lleva años y seguimos sin ponernos de acuerdo.

Esto ha llevado a que la CREG tome medidas transitorias de urgencia, sin resolver temas cruciales, estructurales y de fondo.

Entonces, ¿la tarifa de gas puede o no puede subir?

Sí. Si puede.

Las tarifas de los servicios públicos se estructuran conforme a los componentes de su cadena de valor: producción, transporte, distribución y comercialización. Cada componente puede ser sometido a un régimen de libertad vigilada o libertad regulada.

En el primero las empresas fijan libremente sus taifas y en el segundo las comisiones de regulación (como la CREG) fijan la metodología para que las empresas determinen los precios. Se establece una fórmula que define la manera en la que el prestador del servicio debe calcular la tarifa, así como los aumentos permitidos y los indexadores.

Para el sector residencial, el componente de producción (G) corresponde a las compras de gas natural que hacen los comercializadores para atender mes a mes a este tipo de usuarios.

Si el gas que compra el comercializador para un mes en particular es importado, porque no consigue gas local para atender la demanda, entonces el valor del gas comprado en el exterior se traslada a la tarifa final que pagan los colombianos.

En conclusión, el aumento de las tarifas de gas son un reflejo y efecto del mercado que viene comportándose en concordancia con las señales regulatorias y políticas que recibe. Esos efectos se ven reflejados en los aumentos de la tarifa, que no están prohibidas por la regulación aplicable.

*Abogada con más de 13 años de experiencia en el sector energético. Actualmente desempeña su práctica como Counsel del área de Energía & Cambio Climático en CMS Rodríguez-Azuero.