Superservicios hace propuestas sobre la comercialización de gas

A través del informe “Análisis de Utilidades de Comercializadores Puros de Gas Combustible por Redes”, la Superservicios examinó la evolución de los resultados financieros del período 2020–2024 y el corte a septiembre de 2025, con el propósito de evaluar la estructura de ingresos, costos y gastos, así como el comportamiento de la utilidad bruta y la utilidad neta del sector.

La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (Superservicios) en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control (IVC), adelantó una revisión estructural del segmento de comercializadores puros de Gas Combustible por Redes (GxR), donde se evidencia una alta concentración de ingresos, un modelo de negocio altamente dependiente del costo de adquisición del gas y una dinámica creciente de compra y reventa sucesiva en el mercado secundario, afectando el precio final al usuario.

Se entiende por comercializador puro a un comercializador que compra y revende en el mercado secundario, pero no atiende usuarios finales.

De acuerdo con el informe, los ingresos totales por la actividad de comercialización en 2023 fueron de $2,99 billones y en 2024, $3.23 billones; la utilidad neta del 2023 fue de $174,7 mil millones y para 2024, $122,8 mil millones, siendo este valor de utilidad neta una cifra que es trasladada a los usuarios finales de gas por redes, únicamente por la dinámica de comercialización.

“Esto indica que la actividad de comercialización pura, cuando se limita a la compra y reventa de gas en el mercado secundario, puede generar escalonamientos en el precio del energético si no existe una agregación de valor operativo, logístico o de gestión de riesgo que justifique dicho margen”, señala la Superservicios en un comunicado.

“Desde la perspectiva del usuario, cada eslabón adicional en la cadena de comercialización tiene el potencial de trasladar costos adicionales al precio final que paga el usuario, afectando la eficiencia económica del servicio público”, agrega.

La Superservicios advierte que, aunque la intermediación es una actividad regulada por la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), ningún eslabón de la cadena puede traducirse en ampliaciones injustificadas del precio final al usuario. El principio de eficiencia económica del servicio público domiciliario es un mandato legal que es vigilado de manera estricta en el marco de las competencias de esta entidad.

En consecuencia, la Superservicios realizará seguimiento específico a:

•            La evaluación de la compra y reventa sucesiva, y si estas contribuyen efectivamente a la eficiencia del mercado o generan sobrecostos acumulativos en la cadena.

•            La trazabilidad del precio del gas desde el productor hasta el usuario final, identificando el número de intermediaciones y su efecto agregado en el precio final.

•            El comportamiento del diferencial comercial y la coherencia económica de los márgenes reportados.

Con fundamento en los hallazgos derivados del ejercicio de vigilancia que se encuentran en el informe, la Superintendencia ha formulado propuestas regulatorias orientadas a:

•            Analizar mecanismos que eviten encadenamientos excesivos de intermediación cuando no acrediten eficiencia ni gestión efectiva de riesgo.

•            Incentivar esquemas de contratación directa que reduzcan intermediaciones innecesarias y promuevan competencia efectiva.

•            Reforzar el análisis bajo el principio de eficiencia económica del servicio público, garantizando que la comercialización contribuya a la competencia y no a la ampliación injustificada del precio final que afecten a los usuarios.

Finalmente, la Superintendencia señala que de identificarse prácticas que comprometan la eficiencia económica del servicio o afecten la protección del usuario, la entidad adoptará las acciones correspondientes dentro del ámbito de sus competencias legales.