Minenergía reglamenta la producción de hidrógeno y la geotermia

La nueva normativa establece el marco institucional para el desarrollo del mercado del hidrógeno en Colombia, el registro geotérmico y los procedimientos para solicitar los permisos de exploración y explotación con fines de generación eléctrica.

22 de julio de 2022.   El Ministerio de Minas y Energía avanza en la regulación de las nuevas tecnologías que le permitan al país avanzar hacia la carbono neutralidad, tal y como lo son la geotermia y el hidrógeno de cero y bajas emisiones, razón por la cual reglamentó los artículos 14,15, 21 y 23 de la Ley de Transición Energética.

“La nueva reglamentación incluye lineamientos para el desarrollo y la exportación de hidrógeno de cero y bajas emisiones en el país, así como la reglamentación para el desarrollo de actividades orientadas a la generación de energía eléctrica a través de geotermia. Desde el inicio del Gobierno nos propusimos diversificar la matriz energética del país y hoy estamos dejando a Colombia con una matriz de las más sostenibles del mundo”, dijo el ministro de Minas y Energía, Diego Mesa.

En materia de hidrógeno, la nueva reglamentación establece el marco institucional para el desarrollo del mercado de este energético en Colombia, definiendo las competencias de los distintos ministerios que juegan un rol en la economía de este nuevo vector energético.

De igual manera, el decreto establece lineamientos para que entre el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Minas y Energía se definan temas claves para la exportación futura de hidrógeno sostenible, como lo es la definición de los certificados de origen.

Así mismo, estos ministerios estarán encargados de definir el umbral de emisiones permitido para catalogar el hidrógeno de bajas emisiones, con el fin de continuar promoviendo tecnologías alternativas de producción de hidrógeno que aporten a la descarbonización.

Otro de los temas clave que define el decreto es la creación de un sistema de reporte de información para el mercado del hidrógeno, con el objetivo de organizar y obtener información sistematizada de las diferentes actividades de la cadena de valor a nivel nacional.

El decreto también da lineamientos para que las entidades, según sus competencias, analicen temas como: el almacenamiento de hidrógeno, programas de fomento a la innovación y sandbox regulatorios (Este instrumento permitirá a los emprendedores explorar modelos de negocio innovadores en industrias reguladas).

Por otra parte, en materia de geotermia, el segundo decreto define el procedimiento para solicitar los permisos de exploración y explotación y su registro en el registro geotérmico, su duración, las actividades que se incluyen dentro de las fases de exploración y explotación del recurso, la información que debe reportar el desarrollador, las reglas de superposición de proyectos y de cesión de estos, así como el régimen sancionatorio.

Con la expedición de esta normativa se dará seguridad jurídica a los inversionistas y se promoverá el desarrollo de proyectos de generación de energía eléctrica con fuentes geotérmicas, a su vez que se incrementa el conocimiento del subsuelo colombiano.

Es de recordar que ya se han inaugurado dos primeros pilotos de producción de hidrógeno verde en el país (ubicados en Cartagena), así como también los primeros proyectos de generación eléctrica por medio del uso de la geotermia (ubicados en Casanare).

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