Hidrógeno y baterías para almacenar energía

El almacenamiento con baterías es por ahora la tecnología que ofrece mayor estabilidad para las fuentes alternativas de energía, pero en estos tiempos toma especial atención almacenar electricidad con tecnologías de hidrógeno, es decir, almacenanda en forma de hidrógeno, procedente de una instalación eléctrica o de fuentes renovables.

Por: HEMBERTH SUÁREZ LOZANO*

29 de mayo de 2020.   El almacenamiento de energía permite que las fuentes de energía con generación variable como la eólica y la solar aumenten su confiabilidad.

Por eso, la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) realizó una pre-publicación de los documentos de selección del inversionista para el diseño, adquisición, construcción, operación y mantenimiento del primer sistema de almacenamiento de energía eléctrica con baterías a gran escala en Colombia. Esta selección será a través de una convocatoria que tendrá las siguientes reglas y condiciones:

Primera: El plazo para presentar comentarios a los documentos de selección vencerá el 19 de junio de 2020.

Segunda: Se espera que la fecha de entrada en operación del sistema de almacenamiento será el 30 de junio de 2022.

Tercera: Con las baterías se pueden presentar oportunidades de ingreso para la prestación de servicios complementarios que ayudan a estabilizar el sistema eléctrico y aprovechar mejor los recursos de generación de energía disponibles, por ejemplo: arbitraje de energía y reserva para contingencias, entre otros.

Cuarta: La subasta no finaliza con un vinculo contractual.

Quinta: El objeto de la convocatoria será para atender con los sistemas de almacenamiento las necesidades del Sistema de Transmisión Regional.

Sexta: La metodología de remuneración que tendrá el inversionista seleccionado será la de ingreso anual esperado, muy propio en los esquemas de infraestructuras en el sector energético.

Séptima: Antes del cierre de la convocatoria, el participante debe ser empresa de servicios públicos.

Octava: Las garantías a presentar serán de seriedad y cumplimiento, esta última deberá estar vigente desde la fecha de su presentación hasta la fecha de puesta en servicio del proyecto y tres meses más.

Novena: En el evento que resulte seleccionada una única oferta como valida, se contempla la oportunidad de una contrapropuesta.

Décima: El o los sistemas de almacenamiento que resulten instalados deberán acreditar una eficiencia mínima, entendida como la cantidad de energía que puede devolver la batería al sistema eléctrico comparada con la cantidad de energía que toma del sistema.

En términos generales, con el esquema de almacenamiento que resulte de la convocatoria que adelante la UPME se espera una reducción de los inconvenientes presentados por la falta o insuficiencia de redes de transporte de energía en el Sistema de Transmisión Regional del Caribe colombiano, como por ejemplo, las restricciones en la infraestructura o generación de energía, que al final se convierten en sobrecostos que se trasladan a los usuarios del servicio. *Socio fundador de OGE Legal Services.

79 Comments

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