Las multas son resultado de las acciones de control que ejerce la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios en defensa de los derechos de las comunidades en los territorios.
La Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios confirmó la multa impuesta a la empresa Celsia por valor de $ 1.700.000.000 impuesta al término de investigación realizada luego del evento registrado en la subestación Sabanalarga (Atlántico) el 24 de junio de 2020, que generó un apagón de más de siete horas y afectó a millones de usuarios en el Caribe.
Celsia efectuó la apertura tardía de los interruptores de los activos energéticos que se encontraban cerrados por la ausencia de tensión; y no suministró oportunamente al Centro Nacional de Despacho la información relacionada con las subestaciones Nueva Barranquilla, Cuestecitas y Bolívar; y las subestaciones radiales de Manzanillo y Norte, ubicadas en la región Caribe.
La sanción también fue confirmada por el incumplimiento de algunas de las características de calidad del servicio de transporte de energía eléctrica en el Sistema de Transmisión Nacional, entre enero y diciembre de 2019.
La decisión fue notificada a Celsia mediante la Resolución SSPD No. 20232400638105 del 10 de octubre de 2023, por medio de la cual se resolvió el recurso de reposición interpuesto por la empresa.
Celsia presta el servicio público domiciliario de energía eléctrica en los departamentos de Antioquia, Atlántico, Bolívar, Boyacá, Caldas, Caquetá, Casanare, Cauca, Chocó, Cundinamarca, Córdoba, Huila, Magdalena, Meta, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima, Valle del Cauca y Bogotá.
Cuatro empresas de gas
Por otro lado, la Superservicios confirmó multas que suman $4.260.270.053 a las empresas Vanti, Gas Natural Cundiboyacense, Gas Natural del Oriente y Gas Natural del Cesar, al comprobar incumplimientos a la regulación en materia de facturación del servicio público de gas combustible. Estas conductas afectaron a usuarios en Bogotá y en los departamentos de Santander, Cesar, Cundinamarca y Boyacá, en 2020.
Las sanciones fueron confirmadas mediante las resoluciones SSPD 20232400594465, 20232400594475, 20232400594515 y 20232400594495, respectivamente, luego de resolver los recursos de reposición presentados por las empresas ante la Superservicios, en el marco del debido proceso y la defensa de los derechos de las comunidades usuarias.
“Estas empresas incumplieron normas de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) en la época de la pandemia por Covid 19. Los prestadores no implementaron de forma inmediata la Opción Tarifaria Transitoria (OTT) que debían aplicar obligatoriamente a los usuarios regulados de los estratos 1 y 2, y ofrecer a los demás estratos, según lo dispuso en la Resolución CREG 048 de 2020”, señala el organismo en un comunicado.
Además, agrega, facturaron a usuarios con base en consumos promedio durante los meses de abril y mayo de 2020. Manejaron de manera inadecuada el conflicto de interés suscitado en la aplicación de la tarifa regulada para la liquidación de la facturación del servicio del mes de mayo de 2020, con ocasión de la facturación por promedio que realizó en abril de 2020, afectando con ello a sus usuarios, al aplicar la tarifa de mayo a consumo que correspondía al periodo anterior.