Hasta ahora, que se sepa, la Superintendencia de Servicios Públicos no ha sancionado a la primera empresa por prácticas de abuso de posición dominante, si ha habido lugar a ello.
Por: AMYLKAR D. ACOSTA
La convocatoria de una Cumbre en el Palacio de Nariño con la bancada parlamentaria y de los gobernadores de la región Caribe, presidida por el presidente de la República, para abocar el espinoso tema de las desmesuradas alzas de las tarifas de energía despertó mucha expectativa.
La misma estuvo precedida de un anuncio de un paro legislativo en el evento de que el Gobierno Nacional no les prestara atención.
Al término de la reunión dijo que había propuesto “tres grandes acciones”, la principal de ellas el “cambio de la fórmula tarifaria en la CREG”, porque, a su juicio “la tarifa de generación debe reflejar precios de libre competencia y no de monopolio”.
A este respecto acotó el Ministro de Minas y Energía Andrés Camacho sobre “la necesidad de actuar colectivamente para resolver un modelo estructural que durante décadas ha venido cargando el peso de los costos de la energía en las facturas de la gente”. Y ello, porque según él “los altos precios de la energía son el resultado de la crisis estructural del modelo neoliberal de desarrollo en los últimos años”.
Desde el 24 Congreso de ANDESCO, en septiembre de 2022 en Cartagena, en su discurso de clausura, el presidente Gustavo Petro viene planteando su intención de cambiar la fórmula tarifaria y hasta ahora, 18 meses después seguimos sin que se revele cuál es la propuesta. El desconcierto de los convocados fue total, pues esperaban respuestas concretas a la exasperación de los usuarios del servicio que ven cómo mes a mes se les incrementa el valor de la factura y no fue así.
Hasta ahora, que se sepa, la Superintendencia de Servicios Públicos no ha sancionado a la primera empresa por prácticas de abuso de posición dominante, si ha habido lugar a ello. Luego, no se entiende el alcance de su afirmación cuando tácitamente le atribuye las alzas tarifarias al hecho de que la “tarifa de generación” debe reflejar “precios de libre competencia y no de monopolio”.
Tampoco es inteligible la afirmación del Ministro cuando afirmó que “hay consenso sobre la necesidad de actuar colectivamente para resolver un modelo estructural que durante décadas ha venido cargando el peso de los costos de la energía en las facturas de la gente”.
Porque hasta donde sabemos el presidente Petro no se ha retractado de lo dicho en su discurso pronunciado tras su elección, en el sentido de que “vamos a desarrollar el capitalismo en Colombia. No porque lo adoremos, sino porque se trata primero de superar la premodernidad en Colombia”.
Este es un verdadero galimatías, pues esas son las reglas del capitalismo, tal como lo establece la Ley 142 de 1994 de servicios públicos, la misma que dicen abominar, inexorablemente se tendrán que seguir “cargando el peso de los costos (eficientes) de la energía en las facturas”. No hay otra alternativa.
En mi concepto, sin perjuicio de los cambios que requiere la formación del precio en Bolsa de la energía, para evitar distorsiones y malas prácticas por parte de los generadores, mientras no se destraben y acelere la ejecución de los proyectos de generación y transmisión, que están súper atrasados.
A guisa de ejemplo, de los 6.608 MW nuevos de expansión de la capacidad instalada de generación que han debido entrar en 2023 sólo lo hicieron 1.141 MW, el 17%.
Y de contera, también se registran atrasos considerables en la ejecución de los proyectos de transmisión de energía, los cuales han abocado a la región Caribe, como lo ha afirmado la firma XM, que opera el sistema interconectado nacional (SIN), a tener “demanda no atendida”, que es el eufemismo usado para no hablar de racionamiento.
Y mientras tanto, la demanda, que viene creciendo a un ritmo endiablado de 7,8%, de 224.5 GWHD supera la oferta de energía en firme (OEF), en promedio, de solo 221,8, con un margen de maniobra que no supera el 10%, lo cual redundará en que el SIN seguirá estresado y presionando al alza el precio en Bolsa y por consiguiente las tarifas de energía.
Lo más grave es que mientras tanto en la CREG está devuelta la interinidad a la cual ya nos tiene acostumbrados, sin quorum para tomar decisiones, por la terquedad de no nombrar en propiedad 5 de los 6 expertos comisionados, como se lo ha solicitado reiteradamente la Procuraduría y se lo ordenó el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Hasta la Corte Constitucional debió terciar, pronunciándose a raíz de la demanda incoada ante la misma pretendiendo que los expertos comisionados pudieran ser removidos sin fórmula juicio por parte del Presidente de la República.
En su fallo, la Sala plena declaró constitucional el literal d) del artículo 44 de la Ley 2099 de 2021, que fija en cuatro años el período de los expertos de la CREG es constitucional. ¿Qué más hace falta para que se provean dichos cargos como lo manda la Ley y la Constitución?
*Exministro de Minas y Energía y miembro de Número de la ACCE.