Sindicato petrolero critica la reforma laboral propuesta por el Gobierno

La Unión de Trabajadores de la Industria Petrolera y Energética de Colombia (UTIPEC) ve con preocupación la propuesta de Reforma Laboral que el Gobierno ha planteado y que de a poco viene socializando con algunos sectores del país.

“Esto que mediáticamente se ha querido mostrar como una reforma garantista que entrega más beneficios a los trabajadores, la verdad es que los riesgos que trae sobre la viabilidad de los empleos formales generaría mayores perjuicios al momento de su implementación qué las bondades que promete”, señala el sindicato en un comunicado.

La UTIPEC presentó sus críticas a la Reforma Laboral propuesta por el Gobierno, desde las siguientes perspectivas:

1)  Esta Reforma Laboral está errónea y exclusivamente limitada a un selecto grupo de los trabajadores con mejores condiciones de Colombia.

Al respecto es necesario contextualizar la situación laboral que tenemos en Colombia, en donde el mayor problema a nivel laboral en el país es el desempleo y la desocupación. En un país con aproximadamente 51,52 millones de habitantes, la población económicamente activa que está en edad de trabajar, sea empleada o buscando empleo, es de 24,25 millones; de las cuales, según el informe más reciente del DANE, el 57,9% están en la informalidad y el 13,7% se encuentran desempleados. En ese sentido, sólo el 28,4% de ese total de fuerza de trabajo son quienes tienen un empleo formal, es decir, aproximadamente 6,8 millones de personas.

De la manera cómo está planteada esta Reforma, sus prerrogativas están dirigidas sólo para estos 6,8 millones de personas que representan el 13% de la población. Sin mencionar, que muchas de sus disposiciones se aplican sólo a los trabajadores del sector privado, esto es algo menos de 5,5 millones de personas o un 10% de la población total de colombianos.

Desde la UTIPEC creemos que Colombia requiere una Reforma Laboral que tenga una visión global y presente soluciones creativas y factibles para todos los colombianos observando el panorama completo de los fenómenos actuales de informalidad y nuevas formas de ocupación. Esta termina siendo una reforma para beneficiar a una inmensa minoría de los colombianos dejando de lado a aquellos que se encuentran laboralmente en las condiciones más difíciles, lo cual va a seguir profundizando los problemas de desigualdad que tiene la sociedad colombiana.

2)   Esta reforma no genera empleo, sino que desincentiva el empleo formal y pone en riesgo los empleos que actualmente existen y congela la generación de nuevos empleos.

Como Sindicato aplaudimos que la Reforma Laboral se incline a la consecución de mejores condiciones para los trabajadores formales; sin embargo, sabemos que serán promesas incumplibles si estas disposiciones no se acompañan de criterios claros respecto a cómo se incrementará la productividad para la generación de los recursos suficientes que puedan costear los beneficios prometidos.

Prometer beneficios desde las disposiciones legales puede ser peligroso por cuanto un gran principio básico de nuestro ordenamiento jurídico es que nadie está obligado a lo imposible. Siendo eso así, al imponer cargas a los empleadores, más responsabilidades y riesgos sin ofrecerles caminos para cumplir con ellos, nos encontramos con una Reforma que hará más difícil el empleo y promoviendo indirectamente las condiciones para que los trabajadores formales estén en riesgo de perder su empleo.

Desde la UTIPEC creemos que Colombia requiere una Reforma Laboral que por supuesto genere las condiciones para la garantía de un empleo estable, decente, con la observancia de todos los derechos, bien remunerado, que respete el balance entre vida personal y trabajo, reconociendo las características particulares de ciertos individuos en las diferentes etapas de la vida como las mujeres en embarazo, madres y padres, o personas en condición de discapacidad, y que propenda por todos ellos.

Pero eso no puede separarse de la realidad del financiamiento de todos esos beneficios, es irracional e incoherente hablar de una Reforma Laboral que no incluya criterios claros acerca de cómo se hará viable la generación de mejores condiciones para el empleo. Por eso, le pedimos al Gobierno que por el bien de los trabajadores colombianos oriente su propuesta de Reforma Laboral de manera responsable, estableciendo las vías para que todo lo escrito sea materializable.

3)  Esta Reforma Laboral desincentiva el emprendimiento y por tanto el progreso de Colombia

Según el DANE, son las Mipymes las que generan aproximadamente el 79% del empleo del país. Es decir más de tres cuartas partes del empleo en el país depende de las micro, pequeñas y medianas empresas, quienes no tienen grandes ventajas empresariales ni presupuestales sino que muchas de ellas son emprendimientos en edad temprana y que por las condiciones propias de su desarrollo serían las que tendrían mayores dificultades para el cumplimiento estricto de lo propuesto en la Reforma Laboral, en la cual sólo son tenidas en cuenta de manera diferencial para las sanciones respecto de infracciones a la libertad sindical

A la ya gran afectación que se generó al sector productivo colombiano mediante la Reforma Tributaria del 2022, el establecimiento de mayores cargas jurídicas (como los procesos disciplinarios o el depósito de los contratos de trabajo en el Ministerio del Trabajo) y nuevos costos a la empleabilidad para todos los empleadores privados sin distinción ni herramientas de apoyo para el micro, pequeño o mediano empresario; representa imposiciones desmedidas para las capacidades de los colombianos que pueden ser emprendedores incipientes, campesinos empleadores de un solo empleado para trabajar su tierra o personas trabajadoras que también dan empleo a alguien para los servicios generales de su casa. Lo anterior se configura en un gran desincentivo al empleo generado por parte de los más pequeños.

Si bien la afectación se hace crítica para la mediana y pequeña empresa, los sectores de mayor aporte tanto en la calidad del empleo como en las finanzas públicas, se ven igualmente afectados en las disposiciones contenidas en la propuesta de reforma; toda vez, que como en el caso de la industria de los hidrocarburos, que a la sobretasa que ubica su impuesto de renta en 50%, y le impide aplicar la deducibilidad de las regalías, y que ya generó una reducción del 33% de la inversión a realizar en 2023, se sumaría los sobre costos y complejidades propuestos, con lo que muchos campos e incluso empresas del sector estarían en grave riesgo de inviabilidad.

En la UTIPEC creemos que Colombia requiere una Reforma Laboral que con equidad comprenda las realidades sociales de los diferentes actores de la economía, que contemple la diversidad y naturaleza de las distintas labores que se ejecutan en el territorio colombiano y genere las condiciones para el crecimiento económico y desarrollo del país.

4)    Esta Reforma atenta contra la libertad de asociación y negociación colectiva.

En la historia de Colombia, los sindicatos hemos contado dentro de los mecanismos legales y legítimos de negociación con la figura del Contrato Sindical como opción que puede ser usada o no en el ejercicio del principio de la Libertad Sindical.

Respecto del mismo se han tenido ejemplos muy exitosos de sindicatos que han logrado mejorar las condiciones laborales de sus miembros, garantizando estabilidad laboral, incrementando su remuneración,y generando una mejora continua de las condiciones de vida y de trabajo de los empleados, mientras que se fortalecía la productividad. Estos ejemplos se convirtieron en un modelo de negociación ideal en donde el trabajador y la empresa han ganado y, en consecuencia generan, un mayor progreso para el país.

Esta Reforma Laboral busca prohibir el Contrato Sindical. Tal prohibición pretendida por el Gobierno, no solo pone en riesgo la verdadera Libertad de Asociación y Negociación Colectiva, sino que además restringe a nuestro sistema económico y a la sociedad colombiana de un mecanismo que puede ser virtuoso y permitir que todos ganemos.

Si bien, se han visto ejemplos de sindicatos que le han dado un uso ilegítimo a la figura, ello no es óbice para negar el potencial de bienestar que el uso adecuado de la misma le hace a los trabajadores beneficiados y a la empresa colombiana que traerá progreso al país.

Así mismo, las disposiciones comprendidas en la Reforma Laboral que establecen beneficios y facultades excluyentes destinadas solo para los Sindicatos más representativos, atentan contra los demás sindicatos, excluyéndolos y menoscabando la Libertad de Asociación y el principio de Igualdad.

Por todo lo anterior, en la UTIPEC creemos que Colombia requiere una Reforma Laboral que se aparte del ya agotado paradigma de la lucha de clases y conflicto social que no permite la generación de valor sino que lo destruye, que aunque pretende una distribución equitativa limita al país en su transformación social y económica.

Es necesario entender que ser diferentes no es ser enemigos, y que en las relaciones laborales nos es preciso partir de la buena fe, el respeto y la confianza de ambas partes de cara a atender las expectativas de toda la sociedad.

Si bien la UTIPEC reconoce que la Reforma acierta con asuntos como los límites a las OPS (Órdenes de Prestación de Servicios), señala que la propuesta de Reforma Laboral requiere una visión en donde se integre un panorama más amplio y comprensivo de la realidad colombiana, sin cambiar la meta, pero con propuestas creativas que permitan alcanzarla sin sacrificar los empleos en el intento.

“Por eso, invitamos al Gobierno a la construcción de una propuesta que nos permita alcanzar los beneficios para el trabajador balanceándolos con los mecanismos reales que mejoren la productividad del país y fortalezcan nuestro aparato productivo para poder hacer realidad esos beneficios y que se materialicen no solo en la ley sino el diario vivir de todos los colombianos”, concluye el comunicado.

Consejo de Estado mantiene juridicidad de sanción tributaria contra Ecopetrol

La Sección Cuarta del Consejo de Estado confirmó la sentencia del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, por medio de la cual se declaró la nulidad parcial de los actos administrativos de revisión expedidos por la UAE DIAN con relación a la declaración del impuesto sobre la renta del año gravable 2012, presentada por Ecopetrol S.A.

De acuerdo con el alto tribunal, la DIAN rechazó en su momento los costos de venta porque:

  1. No se cumplió con la obligación del pago de los aportes a la seguridad social integral de los trabajadores independientes contratados por Ecopetrol S.A.,
  2. No estaban respaldados por facturas o documentos equivalentes y
  3. Algunas facturas no cumplían los requisitos legales -fecha de expedición-.

Además, impuso sanción por inexactitud, aspectos cuestionados en la demanda presentada por la sociedad contribuyente, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho.

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca anuló parcialmente los actos administrativos enjuiciados, tras aceptar los costos asociados con el pago realizado a los trabajadores independientes, pues, para el período fiscalizado (2012), el contribuyente no tenía que verificar el cumplimiento de las obligaciones con el sistema de la protección social, deber exigible solo a partir del 2013. El reconocimiento de ese rubro dio lugar a la reducción de la sanción por inexactitud, de forma proporcional a la glosa.

Frente al desconocimiento de los costos que Ecopetrol S.A. pretendía acreditar con facturas sin fecha de expedición o los que no estaban soportados con dichos documentos, el tribunal le dio la razón a la DIAN. 

La sociedad petrolera interpuso recurso de apelación contra la decisión de primera instancia, en lo que le fue desfavorable, con el propósito que el Consejo de Estado reconociera la deducibilidad de los demás costos, porque a su juicio, pese a que algunas facturas no tenían fecha de expedición, las operaciones económicas existieron.

La Corporación confirmó la decisión apelada. En primer lugar, se abstuvo de valorar las facturas entregadas con el recurso de apelación, por no ser la oportunidad procesal y, en segundo lugar, reiteró el criterio de la Sección sobre los requisitos que deben contener las facturas para el reconocimiento del costo, entre otros, la fecha de expedición y aclaró, que no se trata de un aspecto formal, sino el presupuesto de un derecho sustancial.

Por último, confirmó la sanción por inexactitud impuesta por la Administración Tributaria, tras considerar que la realidad de la operación económica no es motivo de exculpación para que proceda su levantamiento, pues así no fue previsto por el legislador. Además, el desconocimiento del costo apareja la sanción y no se evidenció una diferencia de criterio.

Nuevo atentado contra el campo petrolera La Cira Infantas, en Barrancabermeja

Ecopetrol rechazó el atentado que se registró en la noche del 6 de marzo contra el oleoducto que transporta crudo desde el corregimiento El Centro a la refinería de Barrancabermeja y la línea de agua que va hacia planta deshidratadora Lisama del campo de producción La Cira Infantas.

El atentado, cuyos autores se desconoce, ocurrió en el sector de la Carrilera, frente a la planta Deshidratadora Lisama, en la vereda Planta Nueva del corregimiento El Centro de Barrancabermeja.

El acto terrorista no afectó a personas, pero sí provocó daño ambiental por la pérdida de contención de los fluidos derramados, e incertidumbre en las comunidades aledañas a las operaciones de Ecopetrol.

La Fuerza Pública investiga en sitio los hechos y la brigada de atención de contingencias se encuentra a la espera de las correspondientes revisiones de las autoridades para iniciar el proceso de reparación de líneas y limpieza del área afectada.

Desde el 2021, el campo de producción La Cira Infantas ha sido objeto de once atentados; cuatro en 2021, seis 2022, y el último el ocurrido esta semana.

China dispara la apertura de centrales de carbón

Las fuertes restricciones ambientales de la Unión Europea apenas tienen impacto en el clima, mientras China sigue batiendo récords de emisiones de CO2.

Por: MIGUEL PUGA*

China ha intensificado enormemente su producción de carbón en el último año pese a los compromisos alcanzados en 2014, junto con Estados Unidos, para reducir las emisiones de CO2 en los años venideros y avanzar hacia un horizonte de descarbonización en la economía.

En el último año, el gigante asiático ha más que duplicado la construcción de capacidad eléctrica de carbón con respecto al 2021.

Las olas de calor acaecidas en el último año sobre China y el consecuente aumento en el uso de aparatos de aire acondicionado han incrementado considerablemente el consumo de energía entre la población china. Esto ha hecho no sólo que la retirada de las centrales más desfasadas se haya ralentizado, sino que ha provocado la construcción de nuevas centrales con el fin de garantizar el suministro. Este aumento de la capacidad eléctrica de carbón se ha concentrado en las regiones de Guangdong, Jiangsu, Anhui, Zhejiang y Hubei.

Esto lo podemos saber gracias a un reciente informe del CREA (Centre for Research on Energy and Clear Air), donde se muestra como en 2022 se dieron «luz verde» a distintos proyectos de energía de carbón con una capacidad de 106 GW, esto es prácticamente lo mismo que decir que se han puesto en funcionamiento dos grandes centrales eléctricas de carbón por semana.

Se sabe que el número de unidades autorizadas ha sido de 168 centrales en 82 emplazamientos distintos. Para hacerse una idea de la magnitud de todo esto, 106 GW equivale aproximadamente al 71% de toda la capacidad de Europa (Reino Unido incluido) para producir carbón en un año, siendo la capacidad europea de en torno a los 148 GW. Esto se ha de sumar al hecho de que China lleva desde el año 2016 incrementando sus emisiones de CO2 de forma constante, así lo vemos:

En el año 2021 China fue la responsable del 31% de las emisiones totales de CO2 en el mundo.

Mientras que las grandes economías mundiales como Estados Unidos, la Unión Europea o Reino Unido ya han avanzado en su camino por descarbonizar sus economías, China no sólo no aborda esta cuestión, sino que invierte cada vez más recursos en crear nuevas centrales de carbón.

En 2022, China se convirtió en el acaparador mundial de casi todos los nuevos proyectos para abrir centrales eléctricas de carbón, concedió la práctica totalidad de todos los permisos mundiales para la puesta en marcha de nuevos proyectos, también reanudó o empezó la construcción de la inmensa mayoría de centrales, y se quedó sólo en la no retirada de centrales. El siguiente gráfico así lo ilustra:

Esta situación echa por tierra cualquier intento del resto del mundo por reducir las emisiones globales de CO2, pues poco margen de maniobra puede tener una región como la Unión Europea cuando únicamente supuso el 8,5% de todas las emisiones globales en el año 2021.

Por tanto, si la Unión Europea tiene poco que decir ante un gigante del tamaño de China, es obvio que mucha menos capacidad de influencia en el resultado final de estas emisiones tendrá un país como España, donde estas supusieron el 0,62% del total de emisiones mundiales en el año 2021. Esto podría llevar a que se replantearan las medidas y planes que se han venido implantando (y siguen haciéndolo) en España y en Europa en los últimos años, en detrimento de la calidad de vida.

Mientras China no tiene ningún problema en recurrir a fuentes como el carbón para satisfacer su demanda de energía, en la Unión Europea se prohíbe la venta de coches de gasolina y diésel nuevos a partir del año 2035, se prohíbe la venta de pajitas, platos y cubiertos de plástico, se crean nuevos impuestos sobre los residuos o los envases de plástico en España, continua creciendo el precio de los derechos de emisión de CO2 año tras año (incrementando así la factura de la luz o el precio de los carburantes), se alcanzan acuerdos provisionales para dificultar la exportación e importación de productos como la carne, el café o el cacao con el objetivo de «minimizar el riesgo de deforestación y degradación forestal», etc.

Ante todo lo que se ha expuesto, cabe preguntarse lo siguiente: ¿merece la pena este sacrificio de bienestar cuando, en realidad, no está teniendo prácticamente ningún impacto a nivel global? 

Queda a juicio del lector responder de una u otra forma a esta cuestión, lo que está claro es que todo este esfuerzo recae de manera más drástica en las personas de rentas medias y bajas, que son la inmensa mayoría de la población y aquellos a los que más gravemente afectan este tipo de medidas, pues no tienen tanta capacidad de maniobrar en cuanto a compras de automóviles, facturas de la luz o alimentación.

*Tomado de: libremercado.com

La UPME asignó 7.493 MW en solicitudes de conexión de proyectos de generación

Durante el proceso, se presentaron 843 solicitudes de conexión por un total de 56.683 MW, distribuidos en 823 solicitudes de generación de energía eléctrica y 20 solicitudes de grandes consumidores.

La Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) anunció los resultados de las 843 solicitudes de conexión de proyectos de generación y consumo de energía eléctrica interesadas en la asignación de capacidad de transporte al Sistema Interconectado Nacional (SIN).

“Le informamos al país que hemos asignado cerca de 7.500 MW, principalmente de tipo solar y eólica, que permitirán que el gran potencial de energía renovable no convencional del país pueda ser aprovechado, garantizando un servicio de energía eléctrica más confiable y competitivo, al habilitar mayores opciones en el mercado” precisó Adrián Correa, director General de la UPME.

De los 7.493 MW asignados, 5.774 MW corresponden a energía solar, posicionándose como la principal tecnología que estará liderando la transición energética del país con 147 proyectos.

En segundo lugar se encuentra la eólica con 1.237,8 MW en 10 proyectos, 6 de los cuales son offshore por 349,8 MW. Así mismo, se registra una asignación de 169 MW de 7 proyectos hidroeléctricos y un nuevo proyecto de biomasa.

A nivel geográfico, se destacan las áreas operativas de Guajira-Cesar-Magdalena con una asignación de 1.620 MW, Caldas-Quindío-Risaralda con 1.297 MW, y eólicos en las áreas Centro-Oriental y Norte de Santander.

Las solicitudes fueron evaluadas bajo 6 criterios técnicos por medio de los cuales se priorizó la asignación de capacidad de transporte a proyectos de generación, tales como: aumento de confiabilidad, mejora de flexibilidad eléctrica (posibilidad para controlar el recurso), reducción de emisiones, reducción de restricciones (como agotamiento de red), reducción del precio de bolsa (energía más económica), menor impacto sobre las pérdidas de energía y el estado del proceso de licenciamiento ambiental.

Previamente, durante 2022, la UPME realizó diez 10 jornadas de socialización del proceso de solicitudes de conexión, 3 de las cuales fueron dedicadas exclusivamente a exponer la propuesta de la metodología de evaluación, recibir y discutir comentarios de promotores, agentes y ciudadanía en general, y presentar la versión definitiva para garantizar la apropiación de dichos criterios de asignación entre los interesados.

“Desde la UPME nuestro equipo humano ha llevado a cabo una labor titánica. Mientras que hasta 2014, por ejemplo, recibíamos un promedio de 10 a 15 solicitudes anuales, en esta oportunidad se recibieron 843 entre generación y consumo con la misma capacidad organizacional de hace 10 años, situación que pone de manifiesto no sólo el gran interés de iniciativas de generación con fuentes no convencionales de energía renovable, sino también la necesidad de seguir fortaleciendo la entidad, pues la transición energética pasa por la UPME y la planeación hace posible la transición”. concluyó el director de la UPME.

Suspenden facultades del Presidente para intervenir los servicios públicos

Con ocasión de la demanda que presentaron los ciudadanos y abogados Julián David Solorza Martínez y Lucas Arboleda Henao, el Consejo de Estado suspendió provisionalmente los efectos jurídicos del Decreto 227 de 16 de febrero de 2023, que le otorgaban al Presidente funciones regulatorias de los servicios públicos.

La medida cautelar, conforme al artículo 229 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo , procede a solicitud de parte, siempre que sea necesaria para proteger y garantizar provisionalmente el objeto del proceso y la efectividad de la sentencia. El decreto de ésta, como medida “de urgencia”, esto es, impostergable, procede sin previa notificación a la parte demandada.

El Consejero de Estado a cargo de la sustanciación del proceso, Roberto Serrato Valdés, integrante de la Sección Primera de la Corporación, mediante auto de 2 de marzo de 2023, accedió al decreto de la medida cautelar solicitada por los demandantes, luego de considerar que esta resultaba impostergable en atención a la temporalidad (tres meses) de la decisión administrativa materia de control.

La suspensión inmediata de los efectos del acto acusado, así decretada, impide al Presidente de la República asumir las funciones asignadas a las comisiones de regulación de los servicios públicos domiciliarios, a que se refieren las leyes 142 y 143 de 1994 y demás normas concordantes.

Dos fueron los argumentos en los que se sustentó la decisión de suspensión provisional del Decreto 227 de 16 de febrero de 2023:

En primer lugar, se encontró que se omitió el deber de publicar el proyecto de acto administrativo regulatorio demandado por el término de quince días que señalan las normas aplicables y, además, no se justificó, de manera adecuada y razonada, el motivo por el cual se dispuso reducir a tan solo dos días la posibilidad de que la ciudadanía en general y de los grupos de interés, en particular, participaran en el proceso de producción normativa, a través de opiniones, sugerencias o propuestas alternativas respecto del proyecto de regulación que posteriormente dio lugar a la expedición del decreto 227.

Según indica la providencia, en la memoria justificativa del proyecto de regulación únicamente se afirmó que “el presente proyecto de decreto se publicará por el término de dos días, teniendo en cuenta que se trata de reasumir la competencia regulatoria a cargo del Presidente de la República”, sustentación que no cumple el deber de justificar de manera adecuada y reforzada el motivo por el cual se limitó la publicidad del proyecto regulatorio, así como la restricción del derecho a la participación ciudadana en la etapa previa a la emisión de la decisión administrativa, lo que condujo a la vulneración de los principios de transparencia y publicidad de la actuación administrativa a los que alude la ley 1437 de 2011.

En segundo término, el Despacho consideró que el acto acusado transgredió de manera manifiesta las normas invocadas por los demandantes en el escrito de demanda y en la solicitud cautelar, comoquiera que la función de regulación del régimen tarifario de los servicios públicos fue asignada por el Constituyente de manera directa y expresa a las comisiones de regulación de los servicios públicos, por lo que el Presidente de la República no podía reasumir funciones que no son de su competencia.

La decisión señala que la norma constitucional, ya analizada por el Consejo de Estado y por la Corte Constitucional en múltiples decisiones, entre las que se destacan las sentencias C-272 de 1998, C-041 y C-050 de 2003, expresamente dispone que la ley fijará las competencias y responsabilidades relativas a la prestación de los servicios públicos domiciliarios, así como el régimen tarifario (artículo 367); mientras que el artículo 370 de la misma constitución le atribuye al presidente de la República la adopción de las políticas generales de administración y control de la eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y el ejercicio del control, la inspección y vigilancia de las entidades que los prestan, siendo esta una función distinta a la asociada a la fijación del régimen tarifario.

Declaración de los gremios del sector energético y servicios

El sector energético busca generar un acuerdo sobre los principios básicos estructurales para fortalecer el servicio de energía, el desarrollo de su infraestructura, y el marco de funcionamiento regulatorio y de mercado sobre los cuales se desarrollan las actividades que permiten su sostenibilidad en bien del país y los usuarios.

En relación con el decreto 227 de 2023, por medio del cual el presidente de la República ha re-asumido temporalmente las funciones de regulación general de las Comisiones de Regulación y, en especial, de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), queremos proponer unos principios sobre los cuales se pueda avanzar conjuntamente, para evitar un mayor retraso de inversiones que ponga en riesgo el abastecimiento eléctrico y de gas en el país, se logre un ajuste técnico, económico, y legal, en el marco de lo que realmente se requiera y en línea con la temporalidad de la coyuntura macroeconómica, y se alcance un efecto final positivo para todos, considerando la eficiencia en el precio de la energía y en las tarifas que rigen la prestación de los servicios de electricidad y gas combustible.

Los Principios Fundamentales del Sector de Energía Eléctrica y Gas Combustible que creemos se deben preservar y sobre los cuales buscamos un consenso son:

  1. Respeto por la libertad de empresa y la participación de capital público, privado, y mixto en el desarrollo del sector, propendiendo siempre por un libre mercado con franca competencia en las actividades que lo permitan; bajo el artículo 333 de nuestra Carta Política.
  2. Respeto a la institucionalidad y a la independencia de las funciones establecidas para cada una de las entidades que conforman nuestro sector.
  3. Universalización y asequibilidad de los servicios energéticos esenciales.
  4. Eficiencia tarifaria en los servicios regulados y en los mercados establecidos.
  5. Confiabilidad y calidad en la prestación de los servicios.
  6. Suficiencia financiera para los prestadores de los servicios públicos.
  7. Impulso en los procesos de exploración de hidrocarburos y combustibles fósiles que soportan la demanda energética del país.
  8. Estabilidad jurídica y normativa para la inversión y prestación actual y futura, de los servicios.
  9. Cumplimiento de las normas ambientales y de sostenibilidad asociadas a los principios técnicos, económicos y legales de sector energético.
  10. Simplificación y agilidad de trámites para el desarrollo de proyectos de expansión de infraestructura en todas las actividades sectoriales.

Esperamos que el Gobierno, de manera amplia y ecuánime, desarrolle los anteriores principios para bien del país, en un contexto en el que los prestadores y los usuarios logren una modernización sectorial que construya sobre lo construido, garantice la suficiencia y auto sostenibilidad del suministro y permita tarifas eficientes, que reflejen los esfuerzos requeridos para construir confiabilidad y seguridad.

Por lo tanto, un grupo representativo de gremios, asociaciones, usuarios y prestadores, queremos conjuntamente interactuar personalmente sobre nuestras observaciones frente al gobierno, para lograr un verdadero desarrollo ajustado a las propuestas de actualización progresiva que compartimos.

Firman: ANDEG, Acolgen, Andesco, ANDI, Asocodis, Asoenergía, CCEnergía, SER-Colombia, ACIEM, Naturgas, Gasnova y ACCE.  

TGI presidirá la Junta Directiva de Andesco

La Transportadora de Gas Internacional (TGI) fue elegida para presidir la junta Directiva de ANDESCO.

Mónica Contreras Esper, presidente de TGI, filial del Grupo Energía Bogotá, fue nombrada como presidente de la Junta Directiva de Andesca, el gremio que reúne a las empresas del sector de servicios públicos domiciliarios, telecomunicaciones y televisión.

Contreras es reconocida por su capacidad de liderazgo y transformación organizacional, y dirigirá este órgano de decisión, buscando que en medio de la coyuntura actual los servicios públicos sean una palanca de crecimiento y desarrollo para todo el país.

“Un agradecimiento a la Junta Directiva, me siento honrada de esta elección y tengo la convicción de que todas las empresas y los sectores aquí representados tenemos la capacidad de impactar positivamente en este país para cerrar brechas de pobreza y hacer una Colombia más equitativa. La tarea será seguir avanzando en la generación de prosperidad colectiva. Que a las comunidades y los usuarios les vaya bien, pero también a las empresas”, afirmó Contreras.

En la elección realizada el dos de marzo, la empresa Aguas de Cartagena fue elegida como vicepresidente de la junta directiva. “Feliz de poder trabajar de la mano de una mujer de las calidades y cualidades de Mónica”, comentó Manuel Vicente Barrera, gerente de la empresa.

El hecho es un reconocimiento al sector de gas natural y su papel protagónico en la transición energética, así como un impulso fundamental al liderazgo que hoy tienen las mujeres en los diferentes sectores de la economía.

“Cuenten conmigo como mujer y como líder para que juntos contemos las historias y trabajemos en el legado que queremos dejar a los colombianos. Trabajaré con todos los sectores para cocrear historias de transformación y de impacto que nos permitan seguir avanzando en nuestro país”, concluyó Contreras Esper.

Industria condena toma violenta de campo petrolero en Caquetá

Durante la toma violenta del campo Capella A, en San Vicente del Caguán, un policía perdió la vida.

Las empresas de la industria de hidrocarburos, representadas en la Asociación Colombiana del Petróleo y Gas (ACP), condenan los actos de violencia y de violación de derechos humanos registrados en el campo Capella A (Bloque Ombú) ubicado en la vereda Pozos del municipio de San Vicente del Caguán (Caquetá), luego de 40 días de bloqueos, que han constituido hechos de carácter delictivo.

La toma violenta del campo se registró este jueves 2 de marzo, desde las 5:50 a.m. donde se vieron comprometidas la integridad de ocho trabajadores y decenas de policías, uno de ellos perdió la vida en los hechos.

“Desde la Asociación hacemos un llamado urgente al Gobierno nacional para que, en defensa de los derechos humanos, intervenga de inmediato y restablezca el orden público y, de esta manera, se garantice y preserve el derecho a la vida de las personas que aún se encuentran en el campo y sus alrededores, y se eviten daños ambientales irreparables por causa de incendios provocados en las instalaciones, más teniendo alrededor 24.000 barriles de petróleo almacenados” señaló la ACP.

La industria del petróleo y gas expresa sinceras condolencias a la familia del policía que, según información de las autoridades, falleció en medio de estos hechos de violencia, propiciados por quienes se tomaron el campo. La vida es sagrada y nada justifica estas acciones. Reiteramos nuestra solidaridad con los trabajadores y personas afectadas.

Sobre la ACP

La Asociación Colombiana del Petróleo y Gas es el gremio de la industria de hidrocarburos en Colombia. Sus compañías desarrollan actividades de exploración y producción de petróleo y gas, transporte de hidrocarburos y distribución de combustibles líquidos y lubricantes.

Mayor información

Vicepresidencia Comunicaciones y Estrategia

Contacto: 3003286319

comunicaciones@acp.com.co

Frontera entregó los resultados operativos y financieros de 2022

Frontera Energy Corporation, empresa canadiense que opera en Colombia, Ecuador y Guyana presentó los resultados financieros y operativos consolidados a diciembre de 2022.

Así, al cierre del año pasado, Frontera obtuvo una utilidad neta de 286,6 millones de dólares, un EBITDA operativo de todo el año de USD641,9 millones, un aumento del 70 % frente al 2021. Los anteriores resultados se obtuvieron sobre un precio promedio del Brent de 98 dólares por barril.

En cuanto a producción, durante 2022 produjo 41.382 barriles diarios de petróleo equivalentes (boe/d), un aumento del 9% frente a 2021, cuando la producción fue de 37.818 boe/d.

Gabriel de Alba, presidente de la Junta Directiva, comentó: «2022 fue un año financiero y operativo sólido para Frontera. La Compañía entregó una producción diaria promedio de 41.382 boe/d, un aumento del 9 % en comparación con su producción promedio de 2021 y en línea con su guía de producción aumentada y más estricta para 2022. La Compañía aumentó El EBITDA operativo de todo el año en un 70 % a 641,9 millones de dólares, dentro del rango de orientación de $90-$100/bbl de la Compañía para 2022.

”En línea con su compromiso de mejorar los rendimientos de los accionistas, en 2022 la Compañía devolvió más de 91 millones de dólares a los accionistas a través de sus programas NCIB y SIB. Desde 2018, Frontera ha devuelto más de 300 millones de dólares a los accionistas a través de dividendos y recompras de acciones. Además, desde 2017, la Compañía ha resuelto más de 2600 millones de dólares en pasivos y compromisos contingentes, eliminando de forma permanente los problemas heredados.

“La Compañía se enfoca en desbloquear el valor para los accionistas de su negocio upstream en Colombia y Ecuador, su negocio midstream independiente y en crecimiento, y su programa de exploración costa afuera potencialmente transformador en Guyana”, concluyó de Alba.

También en 2022, Frontera fortaleció su línea de transporte con la adquisición del 40% restante de Pipeline Investment Limited. Frontera ahora posee el 35 % del oleoducto ODL, que generó más de $215 millones en EBITDA en 2022. Desde 2019, la Compañía aumentó su participación en Puerto Bahía del 60% al 99,8%. En Guyana, el Joint Venture descubrió petróleo ligero y condensado en el pozo Kawa-1, en la costa de Guyana, y perforó con éxito los primeros horizontes geológicos prospectivos en el Maastrichtiano Superior en el pozo Wei-1, el segundo pozo de exploración del Joint Venture en el bloque Corentyne, varios días antes de lo previsto.

Por su parte, Orlando Cabrales, director General (CEO) de Frontera, comentó:

«Estoy satisfecho con los resultados operativos y financieros de Frontera en 2022. Obtuvimos una producción récord en CPE-6, lo que contribuyó a un crecimiento de la producción del 2 % trimestre a trimestre y al crecimiento del 9 % año. La Compañía incrementó la capacidad de manejo de agua en Quifa a aproximadamente 1.550.000 de barriles de agua por día (bwpd) al final del año y planeamos crecer a 2.000.000 bwpd para mediados de 2024 a medida que la planta de tratamiento de agua SAARA entre en funcionamiento y en CPE-6 donde la Compañía espera aumentar la producción de petróleo y capacidad de manejo de agua a 240.000 bwpd en 2023 y a 480.000 bwpd en 2025, sentando las bases para aumentar la producción a 50 000 boe/d.

“La Compañía ejecutó de manera segura y responsable 314 millones de dólares en gastos de capital en apoyo de su negocio upstream onshore en Colombia y Ecuador y 104 millones de dólares en su emocionante programa de exploración en alta mar en Guyana.

“En nuestro segmento Midstream, renovamos el liderazgo de Puerto Bahía, agregando experiencia en el negocio de contenedores para impulsar oportunidades incrementales en la terminal de carga seca. Para el año que finalizó 2022, los ingresos por líquidos y carga general de terceros a través de Puerto Bahía aumentaron un 41% a aproximadamente 40 millones de dólares, en comparación con 2021.”

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